LUMA TE INFORMA QUE...
SEGUN LA RESOLUCION NAC-DGERCGC22-00000064
ESTABLECE QUE A PARTIR DE LA EMISION DEL DOCUMENTO ELECTRONICO (FACTURA, NOTA DE CREDITO, RETENCION, ENTRE OTROS ) SE TIENE COMO LIMITE LAS 72 HORAS PARA AUTORIZARLO DE LO CONTRARIO SE VERIA EL CLIENTE EN UNA MULTA
RECUERDA QUE ES NETAMENTE RESPOSABILIDAD DEL CLIENTE AUTORIZAR SU COMPROBANTES ELECTRONICOS (FACTURA, NOTA DE CREDITO, RETENCION, ENTRE OTROS )
NO DUDES EN COMUNICARTE CON NOSOTROS CON CUALQUIER DUDA QUE TENGAS Y PODERTE ASESORAR Y ASI LOGRES EVITAR PROBLEMAS FUTUROS.
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